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El arbitraje es un método de resolución de conflictos, alternativo a la vía judicial. Donde un árbitro imparcial resuelve la controversia de una manera rápida, económica y sin sacrificar la calidad de la decisión. Además las decisiones de los árbitros tienen la misma eficacia que las sentencias judiciales.

El arbitraje es un método de resolución de conflictos. La alternativa a la resolución judicial. El arbitraje podrá ser:

  1. Arbitraje de derecho. La resolución del conflicto se hará aplicando la normativa jurídica correspondiente.
  2. Arbitraje de equidad. El árbitro resolverá con arreglo a su criterio de justicia; a su leal saber y entender.

Equivalencias y diferencias entre el arbitraje y la resolución judicial.

EQUIVALENCIAS DIFERENCIAS 
 Resuelve las controversias entre partes  El arbitraje es voluntario. Se accede al arbitraje por un convenio arbitral.
 La resolución es inamovible. Tiene el efecto de cosa juzgada.  El arbitraje es rápido. La resolución arbitral tiene un plazo máximo de 6 meses
 La resolución es obligatoria para las partes. Se podrá acudir a la ejecución forzosa.  El arbitraje es más económico. Sólo se pagan los costes del servicio prestado.

Las instituciones arbitrales administran el arbitraje. FACYL es una institución arbitral que ofrece este servicio consistente en:

  1. Asegurar la validez del convenio arbitral.
  2. Garantizar la imparcialidad del árbitro.
  3. Tutelar los derechos de las partes en el proceso arbitral.
  4. Velar por la confidencialidad del arbitraje.

Los árbitros son juristas de reconocido prestigio o especialistas en la materia controvertida a quienes se les encomienda la resolución del conflicto. Son características del árbitro:

  1. Imparcialidad y total independencia de las partes en conflicto.
  2. Prestigio profesional contrastado.
  3. Diligencia en el cumplimiento de su encargo.
  4. Responsabilidad en el ejercicio de su función.

Los gastos del arbitraje. Estos comprenden las tasas (gastos de administración) y honorarios del árbitro. Respecto de los gastos judiciales hay que reseñar:

  1. El arbitraje es más económico. Los gastos dependen de la cuantía del proceso. Para cuantías bajas los gastos del arbitraje son casi el 50% de los judiciales. Y a mayor cuantía se abaratan aún más en proporción.
  2. Los gastos del arbitraje solo soportan el servicio efectivamente prestado, no los costes de una costosa maquinaria administrativa.

La resolución arbitral (laudo). Tiene la misma eficacia que la sentencia judicial. Es susceptible de corrección, aclaración y complemento.